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NUEVA FP DUAL EN ESPAÑA: GRADOS A, B, C, D y E

Nueva FP Dual en España Grados A, B, C, D y E

Nueva estructura de la Formación Profesional en España: qué significan los grados A, B, C, D y E según el RD 659/2023

El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, establece una nueva estructura para el Sistema de Formación Profesional (FP) en España.
Este marco normativo introduce cinco grados formativos (A, B, C, D y E) que permiten acreditar competencias laborales de forma progresiva, desde microacreditaciones hasta másteres de especialización.

Con este sistema, los estudiantes y profesionales pueden planificar itinerarios formativos personalizados, adaptados a su experiencia, necesidades y expectativas laborales.

a) Los cinco grados de la nueva Formación Profesional

🟢 Grado A – Acreditación Parcial de Competencia

Orienta a la validación de competencias específicas adquiridas a través de la experiencia laboral o formación no formal. Cada acreditación equivale a una o varias unidades de competencia del Catálogo Nacional.

🟡 Grado B – Certificado de Competencia

Reconoce un conjunto de competencias que permite el desempeño autónomo de una actividad laboral concreta. No conforma aún una profesión completa, pero acredita dominio técnico en un área específica.

🔵 Grado C – Certificado Profesional

Acredita que la persona posee las competencias profesionales completas para ejercer una profesión cualificada. Corresponde a los antiguos certificados de profesionalidad del SEPE y mantiene validez en todo el territorio nacional.

🟣 Grado D – Título de Especialización

Dirigido a la adquisición de conocimientos avanzados tras finalizar un título de FP. Permite especializarse en sectores tecnológicos, digitales o emergentes, mejorando la empleabilidad y la progresión profesional.

🔴 Grado E – Máster de FP

Es el nivel superior del sistema. Ofrece una formación de máxima cualificación profesional, enfocada en la innovación, la investigación aplicada y la dirección técnica.

b) Requisitos de acceso del alumnado por grado

El RD 659/2023 establece requisitos diferenciados según el grado al que se acceda, garantizando la progresión natural entre niveles:

Grado Denominación Requisitos de acceso Equivalencias y observaciones
A Acreditación parcial de competencia No se requieren requisitos académicos previos. Se accede por experiencia laboral o formación no formal relacionada con la competencia que se desea acreditar. Ideal para trabajadores que quieren formalizar su experiencia profesional.
B Certificado de competencia Haber superado un grado A relacionado, o bien poseer experiencia profesional acreditable en el ámbito. En algunos casos se exige nivel educativo básico (ESO o equivalente). Posibilita continuar hacia el grado C.
C Certificado profesional Depende del nivel del certificado:
• Nivel 1: sin requisitos académicos.
• Nivel 2: título de ESO o equivalente, o acreditar competencia de nivel 1.
• Nivel 3: título de Bachiller, o competencia de nivel 2.
Es el grado que facilita la inserción laboral directa.
D Título de especialización Estar en posesión de un título de Técnico (FP de grado medio) o Técnico Superior (FP de grado superior) relacionado con el área de especialización. Supone una especialización profesional avanzada.
E Máster de FP Haber completado un título de Grado Superior (FP) o, excepcionalmente, una titulación universitaria afín. Es el nivel de máxima cualificación profesional dentro del sistema.

🔹Resumiendo Grado A : El objetivo es permitir que cualquier persona trabajadora pueda acreditar lo que ya sabe hacer, aunque no tenga estudios formales. En los grados A y B no se pide título académico (ESO, Bachiller, etc.). El sistema está pensado precisamente para abrir la puerta a quienes no poseen estudios formales, pero sí experiencia o habilidades demostrables.

🔹Fuente: Artículos 37, 45 y 46 del Real Decreto 659/2023 y documentación del Ministerio de Educación y FP.

c) ¿Qué pasa si un alumno no completa todo el certificado profesional (Grado C)?

El RD 659/2023 introduce la posibilidad de acreditaciones parciales acumulables. Esto significa que si un alumno supera uno o varios módulos formativos (MF), pero no completa el certificado profesional, podrá obtener:

  • Una acreditación parcial de competencia (Grado A) por cada unidad superada.

  • Estas acreditaciones tienen validez oficial y pueden sumarse en el futuro para completar el certificado profesional.

👉 No se pierde el progreso formativo. Cada módulo aprobado queda reconocido oficialmente, permitiendo retomar la formación más adelante.

d) ¿Qué ocurre si el alumno no hace las prácticas por haber encontrado empleo?

El artículo 71 del RD 659/2023 define la formación en empresa u organismo equiparado como parte obligatoria de los grados B y C. Por tanto:

  • Si el alumno no realiza el módulo de formación en empresa, no podrá obtener el certificado completo, salvo exención reconocida por experiencia profesional equivalente.

  • Si causa baja por haber encontrado empleo, conservará las acreditaciones parciales de los módulos aprobados, pero no el certificado completo hasta cumplir el requisito de prácticas.

e) ¿Qué puertas abre cada grado?

Grado Qué acredita Salidas profesionales y formativas
A Competencias concretas Reconocimiento de experiencia. Posibilidad de acumular acreditaciones para alcanzar un grado B o C.
B Actividad laboral autónoma Mejora de la empleabilidad inmediata. Permite acceso a certificaciones completas (grado C).
C Ejercicio cualificado de una profesión Inserción laboral directa. Acceso a empleo público y convalidaciones con títulos de FP.
D Especialización avanzada Mejora del perfil profesional y actualización tecnológica.
E Máster de FP Liderazgo técnico, innovación y acceso a puestos de alta responsabilidad.

f) Requisitos para ser docente en los grados A, B y C (según el RD 658/2024)

El Real Decreto 658/2024, de 9 de julio, actualiza los criterios de habilitación docente en FP, introduciendo seis vías principales de acceso:

  1. Titulación universitaria (grado, licenciatura o equivalente) + Certificado de habilitación docente.

  2. Formación Profesional de técnico o técnico superior + habilitación docente.

  3. Experiencia profesional acreditada (≥4 años) + habilitación docente.

  4. Formación pedagógica específica (pedagogía, psicopedagogía, magisterio o postgrados afines).

  5. Certificaciones profesionales previas vinculadas al área de docencia.

  6. Procesos de acreditación de competencias docentes regulados por la administración.

Este nuevo modelo permite incorporar profesionales con experiencia real en el sector productivo, acercando la formación al entorno laboral.

En resumen

El nuevo Sistema de Formación Profesional basado en el RD 659/2023:

  • Estructura la FP en cinco grados progresivos (A–E).

  • Facilita el reconocimiento de competencias parciales y la movilidad entre niveles.

  • Integra la formación en empresa como elemento obligatorio.

  • Amplía el acceso a la docencia en FP con criterios más flexibles.

Esta reforma consolida una FP más inclusiva, modular y conectada con el empleo real, donde cada persona puede avanzar paso a paso hacia su cualificación profesional. (consultar FP Ministerio)

Fuentes oficiales:

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